¿Qué debes saber a la hora de tener un empleado de hogar?

empleado hogarTras el cambio en la legislación en lo referente a contratación de empleados de hogar, han surgido muchas dudas sobre cuándo hay que registrarlos como trabajadores en la Seguridad Social. Y es que en contra de lo que muchos creen, aunque se tenga un empleado de hogar por tan solo un par de horas semanales, es necesario inscribirlo adecuadamente.

Cómo realizar la contratación

En primer lugar, tienes que realizar un contrato al empleado de hogar y, como ya supones, no hacerlo podría conllevarte sanciones.

Eso sí, hay excepciones a esta norma. Imagina que contratas a un conocido para que te ayude a hacer una limpieza general durante dos o tres días, ¿tienes que hacerle un contrato? No, ya que los servicios esporádicos que duren menos de 4 semanas consecutivas están exentos de este trámite.

En el contrato deben estar incluidos los datos personales, tanto los tuyos como los del empleado de hogar, las horas que trabajará en una semana y una cuenta bancaria que tenga como titular la persona que va a realizar el ingreso de las cuotas de la Seguridad Social.

Una vez que tengas el contrato, el trámite de registrar a un empleado de hogar en la Seguridad Social es muy sencillo. Bastará con que vayas con el contrato a una Oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social y rellenes los impresos que te den allí , además de aportar fotocopias de la documentación personal de ambas partes (DNI – NIE). Una vez que termines estos trámites, el empleado de hogar que hayas contratado ya podrá empezar a trabajar.

Qué actividades están incluidas al tener un empleado de hogar

Por otro lado, es importante que conozcas cuáles son las actividades para las que es obligatorio realizar este trámite, es decir, qué actividades son las que están incluidas al tener un empleado de hogar. Y es que probablemente haya determinadas tareas para las que creas que hay que realizar contrato y en realidad no es obligatorio, o viceversa. Si necesitas a alguien para el cuidado de algún miembro de la familia, realizar las tareas domésticas, o llevar a cabo trabajos como jardinería, guardería o conducción, deberás realizar un contrato con las características que te hemos mencionado anteriormente.

Pero, por otro lado, las actividades que contrates a través de una ETT (Empresa de Trabajo Temporal) están exentas, igual que si el trabajo lo va a realizar un familiar o un conocido a título de amistad.

De cualquier modo, desde Albenture te asesoramos con todas las dudas que te puedan surgir en el ámbito laboral, o los derechos y deberes que tienes tú y el empleado de hogar; si quieres que te ayudemos a gestionar el proceso de contratación, o con cualquier interrogante que te surja sobre la marcha. ¡Contáctanos!

1 comentario

Trackbacks y pingbacks

  1. […] Teniendo en cuenta el nivel de ocupación de nuestros empleados, todas las áreas me parecen interesantes y prioritarias. Sí puedo decir que en los informes siempre destacan las áreas relacionadas con realización de diferentes gestiones, asesoría en educación y el servicio doméstico. […]

Los comentarios están desactivados.